Documento Soporte: Guía Completa para Adquisiciones a No Obligados a Facturar
¿Qué es el Documento Soporte?
El documento soporte es el documento que usas para acreditar la compra de un bien o servicio, y que debe generar el comprador cuando hace transacciones con un proveedor que no está obligado a expedir factura de venta o documento equivalente.
¿Cuándo se usa?
Lo generas como comprador para documentar la transacción que da lugar a costos, deducciones o impuestos descontables, por medio de un documento con numeración autorizada por la DIAN, cuando el vendedor o prestador del servicio no está obligado a facturar.
¿Quién lo debe emitir?
El comprador del bien o del servicio.
¿Para qué se emite?
Para que el comprador pueda documentar la transacción, contabilizarla y si es el caso, soportar costos, deducciones, o impuestos descontables.
¿Quiénes están obligados a generarlo?
Los adquirientes y/o compradores de bienes y servicios que requieran soportar costos, deducciones e impuestos descontables en las declaraciones de renta y complementarios.
¿Qué beneficios tiene?
Te permite documentar las operaciones cuando se realizan con proveedores no obligados a emitir factura o documento equivalente. Así soportas adecuadamente costos, deducciones, o impuestos descontables en estas adquisiciones.
Genera documento soporte con Geo Pos.
¿Cuáles son los requisitos?
Según lo indicado en la Resolución 000167 de 2021, los requisitos son:
- Estar denominado expresamente como “Documento soporte en adquisiciones efectuadas a no obligados a facturar”.
- Tener la fecha de la operación que debe corresponder a la fecha de generación del documento.
- Contener los apellidos y nombre o razón social y NIT del vendedor o de quien presta el servicio. Tratándose de contratos suscritos con los no residentes fiscales en Colombia no inscritos en el Registro Único Tributario -RUT, el requisito del NIT, se entenderá cumplido con la identificación otorgada en el país de origen del no residente.
- Contener los apellidos y nombre o razón social y NIT del adquiriente de los bienes y/o servicios.
- Llevar el número que corresponda a un sistema de numeración consecutiva de documento soporte incluyendo el número, rango y vigencia autorizado por la DIAN.
- Tener la descripción específica del bien o del servicio prestado.
- Detallar el valor total de la operación.
- Incluir la firma del emisor del documento soporte al momento de la generación, de acuerdo con las normas vigentes y con la política de firma que establezca la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas – DIAN.
- Utilizar el formato electrónico de generación que establezca la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN.
- El Código único de documento soporte en adquisiciones efectuadas a sujetos no obligados a expedir factura de venta o documento equivalente – CUDS.
¿Desde cuándo se debe emitir de forma electrónica el documento soporte en adquisiciones efectuadas a sujetos no obligados a expedir factura de venta o documento equivalente?
La generación y transmisión de forma electrónica del documento soporte en adquisiciones efectuadas a sujetos no obligados a expedir factura de venta o documento equivalente y las notas de ajuste, deberán implementarse a más tardar el primero (01) de agosto de 2022. Cumpliendo con las condiciones, términos y mecanismos técnicos y tecnológicos, para su generación, transmisión y validación y demás especificaciones técnicas y funcionalidades, de conformidad con lo indicado en el «Anexo técnico documento soporte en adquisiciones efectuadas a sujetos no obligados a expedir factura de venta o documento equivalente»
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